Informan que lecturas en facturas de Refsa se colocan consumos y nunca periodos futuros

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A raíz de las consultas recibidas en esta Defensoría del Pueblo por parte de usuarios del servicio de energía eléctrica en torno a las facturas con vencimiento en los meses de febrero, marzo y abril y la incertidumbre manifestada respecto a la época de facturación, existiendo en algunos casos sospechas e interpretaciones por parte de los usuarios de que “se estaban facturando por periodos que aún no transcurrieron”,queremos aclarar a la ciudadanía que el consumo que se factura, independientemente de la fecha de vencimiento consignada en las mismas, se corresponde con la época de la lectura registrada en los recuadros “lectura anterior” y “lectura actual”; que están insertas en un recuadro ubicado en la parte superior de cada volante de pago y reflejan los kwh que se consumieron en un periodo de 60, 61 o 62 días.

Razón por la cual, sugerimos a los usuarios para su mayor tranquilidad, que además de controlar las épocas de lectura reflejadas en sus facturas, adopten la sana costumbre de verificar regularmente sus medidores para asegurarse de que exista correspondencia entre el consumo que figura en sus facturas y el que arroja su equipo de medición y, con ello, tambien efectivizar el control sobre la Distribuidora. Por otro lado, a fin de evitar inconvenientes y suspensiones del suministro, recordamos que, al momento de abonar sus facturas,se aseguren de que están pagando la cuota correcta, es decir, la del vencimiento más próximo, pues hemos tenido varios casos en que se han abonado fechas posteriores.

Por otra parte, el Ombudsman ProvincialDr. José Leonardo Gialluca, repudió las declaraciones vertidas por el Ex Ministro de Energía y Minería de Nación, Juan José Aranguren, quien afirmó que “el poder gozar de la energía eléctrica en los hogares no es un derecho humano”. Sobre este particular el Funcionario Provincialexpresó: “Se le cayó la careta al ex funcionario del Poder Ejecutivo Nacional. Es inconcebible lo que afirma este señor”. Una característica de los servicios públicos es la de la accesibilidad, lo cual significa que la universalidad de habitantes de un país debe tener acceso a los mismos por ser bienes indispensables, de lo contrario no se los califica como servicios públicos y es por ello que el listado es escaso e importante y lo integran: la salud, la educación, el transporte público, el agua potable y la energía eléctrica. Estimo que Aranguren se deshizo del peso que implicaba el vestir el traje de ministro del P.E.N. y nos está contando cuál es su verdadera concepción y como, desde su cartera, se ha gobernado durante los tres largos años de su gestión frente al Ministerio de Energía, en los que el incremento de la misma trepó poco más de 800% en un camino que al parecer aún hoy, después de haberse superado ya el 1000%, continúa de la mano de su sucesor que, nos está aplicando nada menos que un 38% para arrancar el año y que estableció un incremento de 55% anual, el cual seguramente después resultará superior porque ni los cálculos estacionales son ya tenidos en cuenta por el Gobierno Nacional, pues se había previsto una leve variación de la tarifa para el trimestre que arranca éste febrero y luego se dictó una Resolución desdiciéndose y fijando valores exorbitantes e inafrontables para los usuarios del servicio. Ahora es comprensible lo que está sucediendo. Dar de baja la Tarifa Social e incrementar el costo de la energía eléctrica domiciliaria sin considerar la variación salarial, sin proporcionalidad con el salario, sin aplicar porcentajes sensatos y fundamentalmente sin informarnos adecuadamente de tal acción, parecería la manera en que se intentará proceder en adelante, digo se intentará pues seguiremos Institucionalmente haciendo lo posible para impedirlo por las vías de la impugnación administrativa primero y esperando alguna luz de esperanza de la Justicia, tal y como se dio en 2016 que el incremento del gas fue frenado y luego morigerado como consecuencia de un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que debe ponerle un límite a los confiscatorios costos de los servicios públicos. –