Buscan opciones a la no recolección de algunos residuos biopatogenicos

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Frente a las denuncias formuladas por prestadoras de salud de nuestro medio y asociaciones que las nuclean, como es el caso de ACLISA y APS, en relación a la negativa de recolectar las piezas anatómicas producto de operaciones y otras actividades de clínicas y sanatorios; por parte de la firma “Recolectora del Norte SRL”, la Defensoria del Pueblo trabaja en subsanar el problema buscando opciones para ello.

Indico que la antes señalada firma es la única empresa habilitada en todo el territorio provincial para prestar el servicio de recolección, tratamiento y disposición final de residuos biopatogénicos-, justificándose sus empleados, que la Dirección de Saneamiento, Bromatología y Zoonosis del MD. de la provincia -Órgano de Aplicación de la Ley Provincial Nº 1210 (Residuos Biopatogénicos)-, a cargo del Ing. José Francisco González quien “le habría retirado la habitación a tal fin”, quedando de esta manera las generadoras de estos residuos sin el retiro, tratamiento y disposición de los mismos, tal como lo ordenan la Ley Nacional 24.051, su Decreto Reglamentario Nº 831/93 y la Ley Provincial Nº 1210, y en consecuencia, expuestos a sanciones, pero especialmente, con esto se originauna gravísima e inminente situación de riesgo sanitario para todos los habitantes de nuestra Comunidad. Ante esta situación, el Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca informó que, en el día de ayer se ha enviado una citación al actual Gerente de la empresa “Recolectora del Norte S.R.L.”, don Teodoro Centurión y una Actuación dirigida al Director de Saneamiento, Bromatología y Zoonosis, con carácter urgente, requiriendo informes acerca de la situación denunciada, solicitando que haganexpresa mención en su respuestarespecto a “quien prestara este servicio y bajo que modalidad y plazos para el caso de que “Recolectora del Norte SRL” no lo cumpla en lo sucesivo” (Sic.)

Por otro lado, en virtud de las responsabilidades civiles y penales que podrían emerger ante la producción de daños a la salud y el ambiente a raíz de esta causa, ponemos en conocimiento que los socios de la empresa en cuestión son: Esmeralda Magdalena Riveros González y Juana Evangelista Sotelo Rodríguez;encontrándose la Administración y Representación de la Sociedad a cargo de la Sra. Riveros González, actual Socia-Gerente, de acuerdo a la información obrante en la Subdirección de Registro Público dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo de la Provincia, las cuales serán debidamente citadas por este Organismo de la Constitución,a fin de encontrar una salida a esta disputa. En este sentido, Defensoría del Pueblo, continuará interviniendo en el conflicto originaltraído a nuestro conocimiento, el cual, es el incremento de alrededor del 800% de los costos implementado por la empresa “Recolectora del Norte SRL”a partir de los servicios prestados desde enero de 2019, el que a criterio de las generadoras resulta excesivo y desproporcionado, habiendo formalizado ante este Organismo de la Constitución una contrapropuesta comprensiva de un aumento del 100% del precio del servicio. Negociación que todavía se encuentra en proceso, pero que claramente, no habilita a la suspensión de servicio alguno por parte de la firma recolectora. Por último, en consideración de los derechos en juego, esta Defensoría del Pueblo, en caso de resultar necesario, recurrirá a la justicia competente para evitar que se afecten la salubridad pública y el ambiente, exhortando al Organismo de Aplicación de la Ley Nº 1210 a que arbitre las medidas para corregir la situación denunciada y evitar el agravamiento de la misma.