{"id":28539,"date":"2018-07-25T19:12:33","date_gmt":"2018-07-25T22:12:33","guid":{"rendered":"http:\/\/informeformosa.com.ar\/?p=28539"},"modified":"2018-07-25T19:12:33","modified_gmt":"2018-07-25T22:12:33","slug":"la-secretaria-de-la-mujer-explico-sobre-la-intervencion-en-caso-de-violencia-de-genero","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/informeformosa.com.ar\/?p=28539","title":{"rendered":"La secretar\u00eda de la Mujer explico sobre la intervenci\u00f3n en caso de violencia de g\u00e9nero"},"content":{"rendered":"<p>La secretaria de la Mujer de la provincia, licenciada Ang\u00e9lica Garc\u00eda, expuso la intervenci\u00f3n que el organismo bajo su responsabilidad en un denunciado caso de violencia de g\u00e9nero en Villa Dos Trece.<\/p>\n<p>Indico que dicha secretaria \u201ctom\u00f3 intervenci\u00f3n en el caso, en el que la v\u00edctima, M\u00f3nica \u00c1lvarez, quien sufri\u00f3 violencia por parte del agresor Rodolfo R\u00edos, ambos de Villa Dos Trece, llam\u00f3 primeramente a la L\u00ednea 144 que es del Instituto Nacional de las Mujeres (INAM), que la deriv\u00f3 a Acceso a la Justicia en Formosa y desde all\u00ed le indicaron que se presentara en la Secretar\u00eda de la Mujer de la provincia, a los fines de dar a conocer toda su situaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abElla se presenta el 21 de mayo del corriente a\u00f1o y expone toda la situaci\u00f3n. Ya viene a este organismo con toda la denuncia realizada en la comisar\u00eda de Piran\u00e9. Al preguntar qu\u00e9 juzgado intervino en este hecho, tomamos conocimiento que la denuncia fue remitida al Juzgado de Instrucci\u00f3n N\u00b0 6, el cual ya hab\u00eda emitido el d\u00eda 18 de mayo una medida cautelar: Se prohibi\u00f3 a R\u00edos que se acercara a la mujer, que implican 200 metros del lugar donde ella resida o se encuentre\u00bb, expuso.<\/p>\n<p>\u201cLa medida establece la prohibici\u00f3n por parte del agresor de tomar contacto directo con la v\u00edctima o por interp\u00f3sita persona, como as\u00ed tambi\u00e9n de concurrir al inmueble donde habita \u00c1lvarez\u201d, afirmo.<\/p>\n<p>Sostuvo la licenciada Garc\u00eda que \u201clos t\u00e9cnicos del equipo de la secretar\u00eda de la Mujer, que incluy\u00f3 un abogado y una psic\u00f3loga, la recibieron y la escucharon. La psic\u00f3loga le hizo la contenci\u00f3n debido al grado de vulnerabilidad, de miedo y temor que ten\u00eda. Cuando la profesional le indica que se iban a programar varias consultas para continuar el tratamiento de asistencia y contenci\u00f3n, la se\u00f1ora \u00c1lvarez le informa que ella se estaba atendiendo con una psic\u00f3loga particular en El Colorado y que por razones de distancia prefer\u00eda seguir el tratamiento all\u00e1, agradeciendo de todas maneras los servicios que le ofreci\u00f3 la secretar\u00eda de la Mujer\u201d.<\/p>\n<p>Indico que \u201clo mismo nos refiri\u00f3 en cuanto al abogado, que tambi\u00e9n est\u00e1 all\u00e1, cuando le hablamos del caso laboral, ya que ella es empleada municipal y el agresor es un concejal. Nos se\u00f1al\u00f3 que su letrado particular se iba a ocupar del caso. En ese sentido, le preguntamos si ella quer\u00eda que nosotros, como secretar\u00eda de la Mujer, present\u00e1ramos una nota haci\u00e9ndole saber la situaci\u00f3n al intendente de la localidad y nos dijo que no, ya que prefer\u00eda no utilizar los servicios del organismo y que lo iba a realizar con su abogado\u201d.<\/p>\n<p>Aclaro asimismo que \u201cella recurri\u00f3 a la Unidad de Asistencia a la V\u00edctima, donde se la asesor\u00f3 correctamente en cuanto a lo que significaba tener una audiencia testimonial. Entonces, se le explic\u00f3 todos los alcances de la normativa, las obligaciones, entre otros aspectos\u201d.<\/p>\n<p>Garc\u00eda expuso que \u201cesto fue lo que sucedi\u00f3. Volvimos a tener el \u00faltimo contacto el d\u00eda 19 de julio, donde ella habl\u00f3 nuevamente con nuestra psic\u00f3loga. En cuanto a lo laboral, nos dijo que hab\u00eda dejado de trabajar y que iba a ver el momento para hablar con el intendente respecto a su situaci\u00f3n. Le indicamos que eso debe hacerlo r\u00e1pido porque la Ley del Empleado P\u00fablico establece que doce d\u00edas de inasistencias injustificadas son motivo de cesant\u00eda, con lo cual nos refiri\u00f3 que iba a presentarse con su abogado\u201d.<\/p>\n<p>Indico finalmente que \u201ceste organismo acciona de esta manera cuando viene una mujer en situaci\u00f3n de violencia. Lo primero que le pedimos es que se haga la denuncia y una vez que la misma se realiza si tiene medidas. La escuchamos y hacemos un informe solicitando las medidas cautelares en el caso que haya. De esta manera, se judicializa el caso y por nuestra parte, desde nuestra intervenci\u00f3n, la asistimos con el equipo interdisciplinario del organismo\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La secretaria de la Mujer de la provincia, licenciada Ang\u00e9lica Garc\u00eda, expuso la intervenci\u00f3n que el organismo bajo su responsabilidad en un denunciado caso de violencia de g\u00e9nero en Villa Dos Trece. 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